1 oct 2013

SAT REVISARÁ DE OFICIO MULTAS IMPUESTAS EL 2013 POR FOTOPAPELETAS

Compromiso fue a insistencia de parlamentarios de Comisión de Defensa del Consumidor
 
Parlamentarios insistirán en que se anulen de oficio multas desde el 2011, y pedirán facultades de comisión investigadora
El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Parlamento, declaró que  en la sesión de hoy de este grupo de trabajo se logró torcerle el brazo al Municipio de Lima para que revise de oficio las multas impuestas en base a fotopapeletas por lo menos del año 2013. El pedido fue para que se revisara estas multas desde el año 2011, en que se comenzó a usar los cinemómetros, hoy altamente cuestionados;  pero hubo una terca oposición de los representantes del Concejo Provincial de Lima, quienes finalmente cedieron, pero sólo en lo tocante al año 2013.  Ante esta obstinación, Lescano solicitó que la Comisión pida al Pleno del Congreso facultades de comisión investigadora sobre las irregularidades en las fotopapeletas, pedido que se discutirá en la próxima sesión.

El Código de Tránsito en su artículo 306 faculta al Municipio de Lima a dejar sin efecto las sanciones pecuniarias cuando haya atenuantes que guarden relación con la falta cometida. En este caso, dado que la señalización en las calles es deficiente, y las fotopapeletas no tienen sustento o son irregulares, estos son los atenuantes que justifican que el Concejo Limeño las anule.
Las explicaciones dadas por los funcionarios del Municipio no convencieron. Se limitaron a decir que la recaudación por fotopapeletas equivale al 2% de su recaudación anual; pero ni siquiera explicaron en qué usan estos recursos.

Tampoco convenció que dijeran que hasta el momento sólo se han presentado 938 reclamos, a pesar que se impusieron este año 115 000 papeletas, porque los usuarios en su gran mayoría desisten de  hacer el reclamo por los engorrosos y gravosos trámites que se resuelven en meses y hasta en años.
En ningún momento los funcionarios del Municipio de Lima abordaron las denuncias de cambios de señalización en las vías. Tampoco explicaron si en aquellos casos donde ellos mismos reconocen los cambios de velocidad en las señalizaciones, se hicieron los respectivos estudios de ingeniería como ordena el artículo 37 del Código de Tránsito.

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