16 may 2013

LEY SOBRE “ALIMENTOS SALUDABLES” NO REDUCIRÁ EL CONSUMO DE “COMIDA CHATARRA”

Sus normas sobre publicidad ya se encuentran en Código del Consumidor

Sólo se refiere a kioskos escolares, y no toca a grandes cadenas de “comida rápida”
El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor  del Parlamento, declaró que la autógrafa de ley sobre “alimentación saludable”  que ha promulgado hoy el Ejecutivo no va a ayudar a que la población no consuma alimentos procesados con alto contenido de insumos tóxicos tales como las grasas saturadas, grasas trans, azúcares, sodio, aditivos artificiales como edulcorantes, preservantes, saborizantes y colorantes, que ocasionan enfermedades crónicas y terminales, y tienen alta incidencia en la obesidad y la desnutrición, porque  dicha autógrafa no toca el epicentro del problema que es el gigantesco mercado de la denominada “comida rápida” o “comida chatarra”, que es precisamente el principal usuario de tales insumos tóxicos en sus productos, que son masivamente vendidos –a nivel nacional-  en las cadenas  de los establecimientos de las franquicias tales como Burger King, Mcdonalds, Bembos, Kentucky Fried Chicken, Pizza Hut, Dunkin Donuts, Chilis, Fridays, etc.  El parlamentario agregó, que en el dictamen en minoría –de su autoría- en cambio hay artículos expresos en los que se obliga a los proveedores de “comida chatarra” a utilizar insumos saludables y a reducir los contenidos de las sustancias tóxicas mencionadas; y se señala meridianamente que esta comida califica como “alimentación no saludable”, aspectos que no son mencionados en el dictamen en mayoría aprobado.

Lescano agregó que lamenta que el ámbito de aplicación de la propuesta aprobada sea –contrariamente- sumamente restringido puesto que se ha limitado a los “kioskos escolares” de la educación básica regular, cuando debió haber sido el enorme  mercado de “comida chatarra”, que es el verdadero causante de los malos hábitos alimenticios de la población de las ciudades más pobladas del país.
De otro lado, la autógrafa promulgada pone  el énfasis en los menores de edad, porque la obesidad afecta al 8.2% de este segmento de la población; sin embargo, la obesidad es un problema mucho mayor en los adultos, porque afecta al 23.3% de las personas de 40 a 49 años, y al 43.2% de las mujeres de 30 a 39 años.  La ley, en realidad, debió enfocarse en  toda la población, no sólo en los menores de edad.

La autógrafa no incluía ninguna regulación sobre la eliminación de las  letales grasas trans; fue sólo porque el dictamen en minoría sí contiene un artículo expreso que dispone la eliminación de estos insumos en el plazo de un año, que incluyó una disposición para su reducción gradual hasta su prohibición, dejando esto al Reglamento.
El parlamentario finalizó diciendo que la autógrafa aprobada al no tocar al gigantesco mercado de la “comida chatarra” o “fast food”, no está enfrentando realmente el problema de la alimentación no saludable. Tan cierto es esto, que inclusive se ha eliminado del texto final, precisamente la definición de “alimentación no saludable”. El impacto de la ley va a ser marginal o nulo.

 

 

14 may 2013

GOBIERNO ENGAÑÓ AL PAÍS Y AL CONGRESO

Las tres bandas celulares que renovó Telefónica Móviles serán transferidas a empresa Telefónica del Perú que le debe a la SUNAT más de S/ 3 400 millones
País perdió más de US $ 1 300 millones por no hacer licitación,  según  PROINVERSIÓN.
Ministro Carlos Paredes será interpelado para que explique estas graves denuncias

El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Parlamento, denunció que el ministro de transportes y comunicaciones (MTC) Carlos Paredes le ocultó información sustancial al país porque en ninguna etapa de la tramitación de la solicitud de renovación de las tres bandas celulares a favor de la empresa Telefónica Móviles informó  -ni siquiera  al Congreso en las numerosas ocasiones que asistió para informar sobre este proceso- que dichas concesiones –apenas aprobada la renovación-  iban a ser transferidas a la empresa Telefónica del Perú que le debe más de S/. 3 400 millones en impuestos a la SUNAT. Lescano denunció este grave hecho mostrando la carta  P/D 008781 de fecha 21 de enero del 2013 dirigida por  la empresa Telefónica al MTC, en la que en efecto, consta que la multinacional española solicita  al ministerio dirigido por Carlos Paredes que se  pronuncie sobre el procedimiento signado con el N° 2012-035583 por el cual Telefónica Móviles pide se autorice la transferencia de sus concesiones a favor de Telefónica del Perú S.A.A.
Lescano agregó que la total falta de transparencia, también se dio haciéndole creer al país que una licitación internacional no era conveniente, pues recordó que el ministro Carlos Paredes cuando se presentó en la Comisión Permanente el 1° de febrero del 2013 para informar sobre las renovación de estas concesiones, dijo que el mercado había valorizado el espectro radioeléctrico que utiliza Telefónica en US $ 78 millones; sin embargo esto es falso, de acuerdo al Oficio N° 020-2012/PROINVERSIÓN/DPI/SDPGP/JPTE.09  de 18 de julio del 2012, esta entidad informa al MTC que en un eventual escenario de licitación internacional (de las tres bandas celulares que solicitaba Telefónica Móviles) el valor del monto base estaba en los rangos de US $ 1 186 millones a US $ 1 286 millones (valor de mercado del espectro radioeléctrico que usaba Telefónica Móviles). Esto quiere decir que el país ha perdido no haciendo la subasta internacional por estas tres bandas celulares más de US $ 1 300 millones, porque se le ha entregado estas concesiones a Telefónica gratis.

 Agradecemos su difusión.
Contacto de prensa:
Giuliana Ramos
RPC: 997526724

13 may 2013

LEY DE TEXTOS ESCOLARES FUE TERGIVERSADA EN PERJUICIO DE LA EDUCACIÓN

Se modificó ley original sólo después de seis  meses de vigencia

LEY  DE TEXTOS ESCOLARES FUE TERGIVERSADA EN PERJUICIO DE LA EDUCACIÓN

Se creó erróneamente un comité no técnico para ver calidad de los textos escolares.

Editorial Córdoba  debe devolver precio de libros defectuosos e indemnizar a padres de familia.

El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Educación del Parlamento, denunció que la entrega de textos escolares con groseros errores en matemáticas por parte de la editorial Córdoba a unos 200 colegios tiene como una de sus causas principales la modificación irresponsable que se hizo de la Ley 29694 (Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares) mediante la Ley 29839, la que incorporó una norma sobre el proceso de selección de textos escolares, señalando  que esta tarea fuera realizada por un comité no técnico conformado, principalmente, por los padres de familia y los docentes, sin prever la presencia obligatoria de supervisores especializados del Ministerio de Educación. Es precisamente esta falencia la que  ocasionó que los textos defectuosos denunciados,  no fueran objeto de ninguna revisión previa  a su aprobación. Lescano aclaró que no es cierto que el Ministerio de Educación no tenga la competencia de comprobar la calidad de los textos que se usan en los colegios privados, porque en su calidad de ente rector de la educación el país, sí tiene esta atribución de acuerdo  al artículo 5° inciso c)  del Decreto Ley 25762 (Ley Orgánica del Ministerio de Educación) que dispone que dicho Ministerio “supervisa el cumplimiento de la normatividad en materia de educación”, en este caso, del cumplimiento de la Ley 29694, que en su artículo 2° obliga a un proceso de certificación de calidad de los textos escolares en el ámbito del SINEACE.  Adicionalmente, el Estado cuenta con INDECOPI cuya obligación es comprobar que los textos escolares sean idóneos para el servicio educativo. El problema en este caso, es que ninguna de estas dos instituciones ha ejercido sus funciones.
Ratificando una vez más su denuncia, de que en gran parte este problema lo ha causado la inconveniente modificación de la Ley 29694, agregó que ésta traía un párrafo (el párrafo 4.5 del artículo 4°)  que disponía que el INDECOPI podía dictar medidas cautelares previas, por infracciones a la indicada ley, párrafo que ha sido eliminado con la modificatoria producida por la citada Ley 29839).   
Con ruego a su difusión.
Jr Huallaga 358, segundo piso – Telf: 997526724
Despacho del Congresista Yonhy Lescano