CONGRESO
APROBÓ QUE SE DEPOSITE SEMESTRALMENTE
CTS A TRABAJADORES PÚBLICOS EN LA ENTIDAD DE SU ELECCIÓN
Proyecto fue presentado por
Acción Popular en noviembre del 2013
El congresista Yonhy Lescano, Vicepresidente
de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, informó que el Pleno del
Parlamento ha aprobado el día de hoy el
Proyecto de Ley 2953/2013-CR presentado por Acción Popular, y otros, que modifica la Ley de Compensación de Tiempo
de Servicios (Decreto Legislativo 650) y la Ley del Servicio Civil (Ley 30057)
en el sentido que el Estado depositará semestralmente la CTS de los
trabajadores de estos dos regímenes en la entidad financiera de su elección.
Con este cambio se elimina un abuso que perjudicaba a los servidores públicos,
ya que estos recibían su CTS recién cuando se producía el cese de su contrato
de trabajo, lo que podía ocurrir al
momento de su jubilación. Es decir, el Estado retenía indebidamente la CTS por
largos años, impidiendo que el servidor público pudiera disponer –parcialmente-
de estos fondos, y frustrando la
oportunidad de que ganen rentabilidad mediante alguna opción de ahorros, como depósitos a
plazo, donde se paga hasta el 7% de interés anual.
La medida pone fin al trato discriminatorio
de los trabajadores estatales sujetos al régimen del Decreto Legislativo
728 en relación a los trabajadores del sector privado de este mismo
régimen, los que ya gozaban de este
beneficio hace años.
Lescano agregó que la CTS tiene la calidad de
beneficio social de previsión de las contingencias que ocasiona el cese en el
trabajo, dándole al servidor un colchón financiero mientras consigue otra
colocación. Hace las veces de un seguro de desempleo, sin serlo. Por esto es
muy importante, que estos fondos salgan de la esfera del Estado y se depositen
dos veces al año en una entidad; y además puedan tener algún margen de
rentabilidad en el tiempo, para lo cual es necesario que el trabajador tenga dos atribuciones : Que pueda escoger en qué
entidad financiera el empleador los debe depositar; y que pueda hacer retiros
parciales hasta los márgenes que la ley permite, cuando tiene periodos de falta
de liquidez.
Agradecemos su difusión.
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SI SE PAGA EN MAYO 2016, TAMBIEN PAGAN LOS DEPOSITOS ATRASADOS??? PUES NO SE DEPOSITADO CTS A MI PERSONA (D.L.728) DESDE QUE INGRESÉ. 31 DE OCTUBRE 2007. POR FAVOR URGENTE RESPUESTA.
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