12 nov 2015

11 nov 2015

DEVOLUCIÓN A AFILIADOS DEL 95.5% DE SUS APORTES AL CUMPLIR LOS 65 AÑOS EVITARÁ QUE AFPs y SEGUROS SE QUEDEN CON SUS AHORROS POR APLICACIÓN DE TABLAS DE MORTALIDAD DE 110 AÑOS


Un elevado número de afiliados tienen S/. 40,000 o menos en su cuenta individual al cabo de 30 años de trabajo.


El congresista Yonhy Lescano, Vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, declaró que el dictamen aprobado en el sentido de que el afiliado al Sistema Privado de Pensiones al cumplir los 65 años pueda retirar el 95.5% de su cuentas individual de capitalización en una sola armada, es una propuesta que ya Acción Popular había planteado desde el año 2013 mediante el Proyecto de Ley 3418/2013. Este beneficio debe aplicarse también a desempleados que tengan 55 años o más y que no tendrán ni siquiera acceso a una pensión equivalente a una RMV (actualmente S/. 750), ya que no cabe que estos sólo puedan retirar el 50% de su saldo, como dice  la Ley 29426 actual.

La  nueva opción para los afiliados impedirá que las AFPs y las aseguradoras se apoderen de sus ahorros por aplicación de las ilusas tablas de mortalidad de 110 años. De otro lado,   hay un elevado número de aportantes que al cabo de 30 años de aportaciones tienen acumulados apenas  S/. 40,000 o menos, lo que ocasiona que reciban pensiones de S/. 200 o menos al mes lo que hace imposible que puedan sostenerse. 

La SBS tiene una norma en virtud de la cual los afiliados que tengan un saldo en su cuenta individual de capitalización de S/. 5,000 o menos pueden retirar todos sus ahorros. Este límite era muy pequeño, y era indispensable eliminarlo con una norma con rango de ley. Ahora bien, en realidad, no es necesario retener el 4.5% de los ahorros acumulados del afiliado para que éste siga teniendo derecho a los servicios de ESSALUD. Lo que debió hacerse –en el escenario óptimo- era aprobar que el afiliado pueda retirar el 100% de su cuenta individual, y que pueda pagar directamente su aporte a ESSALUD en una cuenta especial.

Lescano agregó que es necesario, a continuación, aprobar  que el afiliado tenga el derecho de elegir libremente –en todo momento-  si está en el esquema por flujo o en el esquema por saldo para efectos del cobro de la comisión que hace la AFP, porque actualmente –con la falsa reforma del SPP- hay la rigidez para los nuevos afiliados,  de que sólo pueden estar en el esquema de la comisión por saldo; y respecto de los afiliados antiguos se ha violado los contratos que celebraron y se les ha obligado a hacer un trámite  para pedir expresamente quedarse en la comisión por flujo, y los que no hicieron este trámite fueron pasados compulsivamente a la comisión por saldo, de suerte que actualmente hay más de 3.8 millones de afiliados que están en el esquema por saldo con la calificación  de afiliados “activos” a pesar que muchos de ellos están desempleados y no aportan, lo que implica que el cobro anual  de comisión sobre sus saldos, va erosionando su cuenta individual, de suerte que al cumplir los 65 años, sus ahorros serán menores.


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