2 sept 2016

Apagón telefónico viola la ley y causa daño a usuarios de celulares



El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor del Parlamento, señaló que el proceso de validación de la identidad de los abonados de celulares prepago que está realizando Osiptel en ejecución del irregular Decreto Supremo 003-2016-MTC, viola la Ley 28774 (Ley que crea el Registro Nacional de Teléfonos Celulares), que dispone que la obligación de garantizar la veracidad de los datos sobre los titulares de equipos y líneas es de las empresas y no de los usuarios; y viola también el Reglamento de esta norma aprobado por el Decretos Supremo  023-2007-MTC  que dispone que las empresas deben tener un registro de abonados depurado y actualizado, con información detallada de los titulares,  equipos y líneas. Estas obligaciones no han sido cumplidas reiteradamente por las operadoras al punto que Osiptel ha informado que en los últimos cinco años las concesionarias Movistar, Claro, y Entel Perú han recibido multas de casi S/ 10 millones por, precisamente, incumplir los procedimientos de seguridad a los que aluden las normas citadas. 

Con este panorama, la solución central no es la reactualización de datos o revalidación de los mismos que se está haciendo por el equivocado enfoque del Decreto Supremo 003-2016-MTC mencionado, que carga las obligaciones y sanciones al usuario, sino que la solución es  fiscalizar de manera efectiva a las empresas operadoras. La simple revalidación de datos no va a servir para reducir la comisión de delitos a través de líneas móviles informales por cuanto no se está atacando la fuente principal de estos delitos que es la venta masiva sin control  de chips en los mercados informales del país, a través de distribuidores no autorizados pero tolerados por las empresas operadoras, y porque no hay ninguna fiscalización sobre la activación indebida de equipos móviles y  de estas líneas ni de sus recargas virtuales, que estas empresas realizan indiscriminadamente.  Así por ejemplo, si bien Osiptel ha reportado que casi un millón de líneas prepago están observadas y serán suspendidas este miércoles 7 de setiembre si sus usuarios no las validan, lo cierto es que casi de inmediato otro millón de chips serán vendidos de modo irregular por la red de distribuidores informales que hay en el país, con la tolerancia de las empresas operadores, por la facilidad con que estas líneas se activan y luego se realizan las cargas virtuales. Tolerancia que también se advierte respecto de los equipos robados, que según el propio Osiptel ascienden a una tasa de 14,000 equipos robados diariamente, que pese a bloquearse, se revenden y se desbloquean, y se reactivan nuevamente.

Los mercados informales de celulares y chips no habrían crecido tanto si es que estas empresas por lo menos hubieran cumplido con implementar la medida que dispone el Decreto Supremo 023-2007-MTC vigente desde el año 2007, que dispuso, en su artículo 8-A que las operadoras implementen un sistema automatizado de captura del número de serie electrónico del equipo terminal móvil, de tal modo que se pueda identificar si se encuentran activos en su red dos o más equipos con un mismo número de serie o, se pueda identificar también los cambios de tarjetas  SIM (chips) sobre un equipo terminal. 

 En realidad el registro nacional de teléfonos celulares no está actualizado ni consolidado, ni por Osiptel ni por las empresas operadoras,  a pesar de que la Ley 28774 que lo crea data del año 2006, a tal punto que recién el Proyecto de Ley de Presupuesto Público para el año 2017 en su 44ava Disposición Complementaria Final  autoriza “excepcionalmente” al MTC a transferir recursos a Osiptel para el “financiamiento del diseño, desarrollo, implementación y operatividad de la plataforma tecnológica que se requiere para constituir el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular”.