20 dic 2017

DE GUATEMALA A GUATEPEOR


El presidente Kuczynski tiene que responder ante la justicia por los presuntos delitos que ha cometido, cuando era ministro y premier de Toledo, no sólo por los contratos de la Interoceánica, sino también por los contratos del gas de Camisea. También debe responder por el aprovechamiento que hizo –en esa época-  de sus altos cargos para conseguir contratos de asesoría con Odebrecht a favor de empresas vinculadas a él tales como First Capital y Westfield Capital, en flagrante violación del artículo 126 de la Constitución que prohíbe a los ministros ser gestores de intereses propios o de terceros o ejercer actividad lucrativa. Esto debe ocurrir, en la Comisión Lavajato y en el Ministerio Público. Pero, es violatorio de la Constitución, que se busque acelerar irregularmente el proceso, dando cuenta de la moción de vacancia y votando su admisión a debate el mismo día, y que todo el proceso se quiera hacer ¡en seis días! cuando para un ministro, en una interpelación, el proceso dura varias semanas.  Lo que se busca en realidad, es tomar el poder, dar un golpe parlamentario, abusando de los 71 votos con los que cuenta la bancada  fujimorista. Su abuso de poder ya se ha visto en la falsa acusación al Fiscal de la Nación y a miembros del Tribunal Constitucional para destituirlos,  y en la obstrucción que hicieron en la diligencia de allanamiento del Ministerio Público ordenada por un juez, a sus locales partidarios, para evitar la investigación a Keiko Fujimori. Han amordazado a su propia bancada sacando una resolución legislativa que les impide renunciar, que el Tribunal Constitucional derogó, pero que la “mototaxi” sin pudor ha violado, sacando otra resolución írrita.


Este partido, mostrando una vez más  su vocación golpista, intenta ahora un segundo zarpazo al Estado de Derecho (el primero fue el autogolpe de 1992), por la vía de querer vacar al Presidente usando como arma una simple carta de la empresa corrupta Odebrecht a la que le quiere dar valor de prueba plena, enviada “convenientemente” en tiempo record a la señora Rosa Bartra, y hecha pública por ésta al día siguiente de recibida (el 13 de diciembre), para inmediatamente, el jueves 14 –jugando en pared con la mesa directiva que controla el fujimorismo- declarar,  en “sesión permanente” al Pleno, y casi simultáneamente, el mismo día 14,  salir con su bancada para emplazar indebidamente  al Presidente a que renuncie ese mismo día bajo amenaza de vacarlo; y a renglón seguido –como ya se dijo-  presentar y dar cuenta de una írrita moción de vacancia el viernes 15 en el Pleno, y ese mismo día aprobar la admisión a debate de la moción y fijar fecha para actuar y votar la vacancia este jueves 21. ¡Todo en seis días! Esto demuestra, que en realidad, no les interesa sancionar la supuesta “incapacidad moral”, sino tomar el poder para quedarse muchos años al estilo de la primera dictadura de Fujimori.

13 dic 2017

Tenemos que empoderar a los jóvenes


El Perú tiene, según cifras del INEI, un 18% de “Ninis”, que es la denominación que reciben los jóvenes de 15 a 29 años de edad que ni estudian ni trabajan, vale decir, casi un millón de personas.  Esta cifra es más alarmante en el segmento de jóvenes de 25 a 29 años, donde los “Ninis” alcanzan el 19.4%. Considerando que el Perú  tiene un bono demográfico, es decir, que su población  económicamente activa es mayoritariamente joven, las cifras indicadas delatan una verdadera tragedia social, porque –como país-  estamos derrochando nuestro bono demográfico, que es una ventaja competitiva única en relación a los demás países, y que concluirá alrededor del 2050. Es decir, nos quedan 33 años para aprovechar nuestro bono demográfico, o se nos pasará el tren. Es un mandato imperativo que las políticas públicas se enfoquen en atender a los “Ninis”, para que sean incluidos, bien en la fuerza laboral, o bien en el sistema educativo para su capacitación para el trabajo. Este gobierno, debería trazarse como meta reducir el porcentaje de “Ninis” a menos del 2% para el 2021. Se podría, en el corto  plazo, crear una beca especial para este grupo social, y además, implementar programas temporales –enfocados-  de empleo juvenil.

Ahora bien, según sexo, la proporción de mujeres jóvenes que  no estudian ni trabajan alcanza el 23.5%, mientras que los hombres llegan al 11.9%. Esto es así, porque lamentablemente en el Perú son altos los índices de embarazo adolescente, que alcanza el 12.7% entre las adolescentes entre 15 y 19 años. Uno de los objetivos centrales en la política educativa en Educación Básica Regular y Educación Superior, debe ser desterrar el embarazo adolescente, para lo cual se tienen que desarrollar programas educativos masivos  y de educación sexual, en los hogares, en las instituciones educativas, y en los medios de comunicación.

Otra causa para la realidad “Nini” es la deserción escolar, la que es un boleto seguro a la pobreza. Según el Banco Mundial, el perfil típico de un “Nini” en América Latina es una joven que no ha terminado la secundaria, vive en un hogar urbano pobre o vulnerable, está gestando, o ha formado pareja antes de los 18 años.

El grupo de los “Ninis”,  interpela fuertemente  el fracaso de las políticas liberales, que en las últimas décadas lo han dejado todo al libre mercado. Pues bien, los “Ninis” son víctimas del capitalismo salvaje : En los Estados Unidos son el 14.4%, En Canadá, el 12.6%; en Italia, el 26.9%, en México, el 22.1%, en Chile, el 19%.


6 dic 2017

Las empresas de los jóvenes


Cada vez más las tecnologías de la información  y comunicación (las TICs) están produciendo cambios dramáticos en la sociedad a todo nivel. En el mercado empresarial y laboral, hace algunos años en los Estados Unidos nacieron las denominadas “startups”, que son empresas fundadas generalmente por jóvenes menores de 25 años, con muy poco o ningún capital de riesgo, incluso sin planes de negocios, pero alrededor de una idea potente e innovadora con un fuerte ingrediente tecnológico. Las más famosas y glamorosas startups son Facebook, Twitter, Google, YouTube, Instagram, WhatsApp, Uber, etc, que en pocos años, pasaron de ser empresitas muy pequeñas, a ser verdaderos gigantes que operan en el mundo, que tienen miles de trabajadores, con una valorización de mercado de miles de millones de dólares, convirtiendo a sus fundadores en billonarios, y en verdaderos gurús, que han creado nuevas formas de hacer empresa, y han reinventado el mercado laboral, creando oportunidades que antes no habían para los trabajadores jóvenes.  Por esto, en nuestro país, que tiene la ventaja de contar con un gran bono demográfico, es decir, de contar con una población mayoritariamente joven, tenemos que promover la creación de startups entre nuestros emprendedores “chibolos”, como política de Estado. Ahí está el crecimiento económico.


Lo curioso es que el perfil de emprendedor de las startups, rompe todos los esquemas del “capitán de empresa “ tradicional : Es muy joven, habiendo casos inclusive de adolescentes emprendedores (por ejemplo el fundador de Facebook, que cuando comenzó su emprendimiento tenía 19 años); mayormente son estudiantes universitarios; comienzan con dinero prestado de amigos o familiares (montos pequeños), es decir, no recurren a los bancos; tienen altos niveles de innovación; resuelven problemas prácticos o necesidades diarias de la gente o la sociedad usando TICs;  alcanzan en poco tiempo, y a veces en tiempo record (en pocos meses) niveles de productividad y crecimiento altísimos, que han arrinconado a las corporaciones tradicionales; y por último, son grandes empleadores, han generado puestos de trabajo, no sólo en sus países de origen, sino alrededor del mundo, siendo su principal recurso un intangible : Su ”know how tecnológico” (sus conocimientos tecnológicos), careciendo en muchos casos, de activos físicos importantes. Un buen ejemplo, de cómo han roto los esquemas, es constatar, que las startups exitosas, llegan a tener un mayor valor de mercado que transnacionales tan antiguas como las corporaciones General Motors, General Electric, IBM, Citigroup, Coca Cola, etc.

15 nov 2017

¿Por qué la Sunat devuelve cada vez más impuestos a las grandes empresas?

Año a año vemos cómo se reduce la recaudación de impuestos, por efecto de la evasión, de la elusión, de las exoneraciones, de la informalidad y de las devoluciones de impuestos que realiza la Sunat. Precisamente sobre este último punto, la devolución de impuestos, principalmente a las grandes empresas, se ha incrementado en más de 273% los últimos diez años, porque en el año 2006 se devolvió S/ 4,381 Millones y en el año 2016 se devolvieron S/ 16,356 Millones, a un ritmo frenético, que año a año fue subiendo, como lo vemos en el siguiente cuadro:


Estos enormes y crecientes montos que devuelve la Sunat  cada año, es mayoritariamente por el régimen de recuperación anticipada del IGV  a los grandes inversionistas en la etapa preoperativa de sus proyectos de inversión, por el drawback (la devolución aduanera de aranceles), por la devolución del impuesto a la renta “pagado en exceso”.

No cuestionamos los regímenes de devolución de impuestos en sí mismos. Lo que cuestionamos es que se hayan incrementado geométricamente, con la tendencia a seguir aumentando, poniendo de este modo en riesgo la sostenibilidad fiscal, más aún cuando la presión tributaria desde el año 2011 hasta la fecha está en una ruta de permanente reducción. Efectivamente: el año 2011 era de casi 17% y el año 2016 ha sido de apenas 13%. ¿En estas circunstancias se puede dar el país el lujo de estar devolviendo impuestos a quienes ya son muy ricos?  Este problema lo hemos hecho notar en diversas oportunidades cuando el gabinete de ministros ha estado en el Congreso; sin embargo hasta la fecha no se toma una medida de política fiscal que le ponga freno a esta hemorragia de recursos del Tesoro, como por ejemplo ponerle un tope anual a estas devoluciones.

La alerta roja que indica que tiene que hacerse un punto de quiebre es cuando ocurre que las grandes empresas resultan que hacen un pago negativo de impuestos, porque es más lo que el Estado les devuelve que lo que ellas pagan como impuestos al año, como ocurre con las grandes mineras.


2 nov 2017

Beneficios indebidos que ya duran 15 años para aerolíneas…y quieren más.

El Proyecto de Ley 551/2016-CR del fujimorismo, que propone otorgar el beneficio de suspensión de pago de impuestos por cinco años más, a las empresas aéreas cuando importan aviones, motores, repuestos, partes y piezas, logró, lamentablemente,  ser aprobado en primera votación por el Pleno, con un texto legal edulcorado que restringe el beneficio a las micro, pequeñas y medianas empresas, que es un subterfugio, porque esto no va a impedir que las grandes empresas aéreas, como LATAM se beneficien, ya que simplemente constituirán empresas medianas para traer los aviones, y cumplidos los cinco años del beneficio, los volverán a sacar del país, como ya lo han hecho antes. El Proyecto no puede aprobarse de ninguna manera, porque ya se otorgó antes el beneficio por 15 años, aunque sea difícil creer que esto haya ocurrido. En efecto : Durante los gobiernos de Fujimori, de Toledo y el segundo período de Alan García se dieron las Leyes 26909, 28525 (el  Proyecto fue del Ejecutivo) y 29624, respectivamente, que dieron esta exoneración encubierta a las aerolíneas, totalizando 15 años sin pago de impuestos, lo que ha creado un gran hueco fiscal. El cuadro siguiente muestra la secuencia del beneficio:


Sólo en el período 2010-2015, esta gracia le ha costado al Estado Peruano  no recibir impuestos de las aerolíneas por el monto de S/ 5,709 Millones.  El mayor beneficiario de lejos ha sido la empresa LATAM, que ha dejado de pagar a la SUNAT, sólo en el período indicado, la suma de S/ 4,333 Millones, acaparando el 75.8% de todo el incentivo tributario. Saludo que el MEF desde el comienzo haya rechazado el Proyecto del fujimorismo; y que el MTC con su actual ministro también se oponga a tamaño despropósito.


19 oct 2017

Grandes mineras aportan miserias por impuestos ¿Hasta cuándo?


En los últimos 17 años, el sector de la gran minería ha recibido por parte de los sucesivos gobiernos toda clase de beneficios como : contratos ley, contratos de estabilidad tributaria, libre remisión de utilidades, devolución anticipada del IGV en la etapa de exploración, reducción de impuestos,  depreciación acelerada, condonación de multas, recargos e intereses de la Sunat, etc; en el entendido de que –a cambio- realizaría más inversiones, crearía más empleo y aportaría más tributos. Pero esto no ha sido así. Por ejemplo,    en el año 2016, estas empresas pagaron por Impuesto a la Renta e IGV el monto de S/ 1,944 Millones; pero la Sunat les devolvió en IGV el monto de  S/ 5,889 millones. Es decir, en el balance neto, en realidad, no solo no  pagaron impuestos, sino que el Estado les hizo un cuantioso aporte, además de contar con todo tipo de blindajes legales y  beneficios tributarios. ¡Qué tal negocio!

Esta situación anómala ya lleva años. Las cifras que ha aportado el reciente estudio  “Recaudación Fiscal y Beneficios Tributarios en el Sector Minero” de César Flores y otros, auspiciado por  CooperAcción, Propuesta Ciudadana y Oxfam, son reveladoras : El sector minero aportó el año 2007  el 24.7% del total de impuestos recaudados; pero hoy sólo aporta el 5.4% de dicha recaudación, pese a que la producción minera ha tenido un crecimiento importante.  Lo mismo se observa en la recaudación del Impuesto a la Renta :  En al año 2007 pagó el equivalente al 50.9% del total de esta recaudación; pero actualmente paga alrededor del 4.6%. 

No hay excusa para que la gran minería prácticamente no esté pagando impuestos, porque de acuerdo al Banco Central de Reserva, el PBI sectorial del sector minero ha crecido, en términos reales,  15.7% y 21.2% los años 2015 y 2016, respectivamente.


El gobierno se ufana de haber identificado una cartera de 61 proyectos de inversión que se ejecutarán mediante la modalidad de Asociaciones Público-Privadas con un monto de más de 50,000 Millones de dólares. La mayoría  de ellos son grandes proyectos mineros. De nada servirán estas gigantescas inversiones, si es que no implican mayores ingresos tributarios para el Estado, y mayor bienestar para el pueblo peruano. Para comenzar a  cambiar las cosas, es urgente que se cambie el esquema de devolución de IGV, que venimos reclamando hace años.

12 oct 2017

Venden gato por liebre a los consumidores


El engaño al consumidor de parte de los grandes  proveedores,  a través de la millonaria publicidad que contratan por los medios de comunicación, se ha convertido en una práctica común  y tolerada.  Legalmente, la publicidad engañosa está prohibida y sancionada; sin embargo, suele ser letra muerta en nuestro país, a menos que suceda un escándalo de proporciones. Ahí tenemos, el caso de los jabones antibacteriales, que se venden en todos los supermercados, farmacias y otros  establecimientos, cuyos proveedores pregonaban que eran productos que mataban las bacterias malignas; sin embargo la FDA  de los Estados Unidos –hace un año atrás-  los ha prohibido, porque contienen insumos altamente dañinos para la salud como  el triclosán  y el triclocarbán, que debilitan más bien el sistema inmunológico. Recién, a partir de esto, DIGEMID y el INDECOPI, despertaron de su habitual letargo, y han dado el plazo de un año, para que estos productos sean retirados del mercado. ¿Por qué esperar un año y no hacerlo de inmediato?

También está el caso de las leches para bebés, que se publicitan desvergonzadamente, como productos de iguales bondades nutritivas que la leche materna, o como sucedáneos de la misma. Sin embargo, esto no es así, ya que la leche materna es única e insustituible en la alimentación de los infantes. Abundan las marcas tales como Similac, Enfamil, Nan, Enfagrow, etc que engañan al público, dando gato por liebre.  Inclusive el Reglamento de  Alimentación Infantil, aprobado por el Decreto Supremo 009-2006-SA) prohíbe expresamente que se haga publicidad comercial de los mal llamados “sucedáneos” de la leche materna; pero esta publicidad se hace, masivamente, a vista y  paciencia del Ministerio de Salud e INDECOPI.

Asimismo, recordemos el todavía reciente escándalo, de la venta del producto Pura Vida del Grupo Gloria, que se vendía hace más de 10 años como leche 100% pura de vaca, y resulta que no era leche, sino una mezcla láctea de “leche de soya”, leche en polvo importada, y preservantes. Tampoco se salvó  la popular y clásica golosina Sublime, de la transnacional Nestlé, que resulta que no sería chocolate, de acuerdo al Ministerio de Agricultura, porque no tendría 35% de cacao; pero se vende hace décadas como chocolate puro de cacao. No olvidemos, tampoco, a la lucrativa industria de los jugos envasados de fruta, que en realidad tienen menos del 10% de fruta natural, y más bien muchos ingredientes químicos que imitan el sabor de las frutas, y abundantes azúcares que contribuyen al sobrepreso y la obesidad.


Estos cinco ejemplos, ilustran miles de casos, donde al consumidor se le da gato por liebre,  a través de la publicidad y no se sanciona esta mala fe comercial.


4 oct 2017

Yonhy Lescano: Los bancos y sus jugosas fuentes de ingresos.

Yonhy Lescano

Las abusivas comisiones que cobran los bancos a los usuarios cuando realizan cualquier operación, se han convertido en una jugosa fuente de ingresos cada vez mayor, para estas empresas. En el año  2014, representaban el 7.1% de sus ingresos financieros; pero para diciembre de 2016, las comisiones bancarias ya representan  el 24% de los ingresos financieros de los bancos, esto es, S/ 4,341 Millones.  En menos de 36 meses, han crecido más de tres veces en volumen. A esto hay que añadir  que –a diciembre de 2016-  por el cobro de intereses los bancos han tenido ingresos netos de S/ 13,535 Millones, aunque hay que decir que  sus ingresos brutos por este concepto fueron de S/ 26,292 Millones. Con estos gigantescos ingresos por el concepto de intereses, en realidad, los bancos ya no deberían cobrar comisiones. Sin embargo, lo siguen haciendo, y las comisiones, año tras año,  siguen creciendo.

Recordemos que en el año 2004, eran alrededor de 500 comisiones o cargos; para el año 2012 crecieron a aproximadamente 5,000 comisiones. En los siguientes años, supuestamente hubo un esfuerzo de simplificación, que habría llevado este número –según el MEF- a 3,000 comisiones y de allí a una cifra mucho menor, pero esto resulta totalmente inverosímil, porque la SBS ha eliminado en los últimos 12 años solamente  21 comisiones (aplicando muy marginalmente la Ley 28587), a lo que hay que añadir que los bancos –muy criollos ellos-  eliminan comisiones que luego las restituyen con otros nombres.

Desde el año 2001 hasta la fecha, se han presentado una serie de iniciativas legislativas, para eliminar estos cobros abusivos; pero una a una han sido archivadas, o encarpetadas. Las más afortunadas, lograron ser Autógrafas de Ley, pero fueron fulminadas con las observaciones del Ejecutivo, y ahí quedaron. ¿Esto es casualidad? Ciertamente que no. Lo que pasa es que los lobbies no duermen.


A pesar de esto,  los lobbies no pudieron impedir –aunque movieron cielo y tierra- que el Congreso apruebe en el año 2005, la Ley 28587, que ordena identificar y eliminar cláusulas  abusivas; y tampoco pudieron evitar que el Congreso apruebe el año 2010, el Código de Defensa del Consumidor (Ley 29571). Por tanto, más  temprano que tarde, se van a eliminar las comisiones abusivas, que enriquecen a los bancos y empobrecen al pueblo.

26 sept 2017

Indecopi no puede cerrar ni multar a un centro veterinario municipal que opera en cumplimiento de una ley especial.

Funcionarios de Indecopi deben ser sancionados por ignorancia de la Ley.

 Ley de Protección y Bienestar Animal autoriza el funcionamiento de estos centros municipales.

Una vez más INDECOPI ha dado muestras de que está muy lejos de ser la entidad que protege los intereses de los consumidores y usuarios, pues ahora acusa de competencia desleal al Municipio de Ventanilla, el que tiene un centro veterinario para atención de mascotas de personas de bajos ingresos, que cobra tarifas sociales acordes a la realidad de los sectores populares, sin ningún ánimo de lucro, y más como un servicio a la comunidad y a las personas que protegen a los animales domésticos, lo que por cierto es una obligación de acuerdo a la Ley de Protección y Bienestar Animal (Ley 30407), en cuyo artículo 7 se dispone que es deber del Estado, a través de los sectores competentes (los municipios por ejemplo) establecer  las medidas necesarias para la protección de los animales de compañía, de manera que se les garantice la vida y la salud. En este marco, y en cumplimiento de la Ley,  el municipio de Ventanilla ha creado un centro  veterinario asequible a las personas de menores ingresos, por lo que resulta absurdo que el Indecopi pretenda cerrarlo, ya  que está amparado por una Ley especial, y más absurdo aún que pretenda multarlo con S/ 3 millones, bajo el cantinflesco argumento que está incurriendo en competencia desleal.


¿Cómo puede haber competencia desleal de un municipio,  que no tiene fines de lucro, y más bien da acceso a un servicio, a personas de escasos recursos, cumpliendo de este modo con el artículo 1° del Código del Consumidor que dispone que el Estado debe proteger el interés económico de los usuarios?

SBS aprobó libre retiro de aportes voluntarios de AFP para incentivar que afiliados retornen sus ahorros a estas empresas




Es necesario establecer por una norma legal que esto no ocurra, para que trabajadores no pierdan los ahorros de su vida.

SBS APROBÓ LIBRE RETIRO DE APORTES VOLUNTARIOS DE AFP PARA INCENTIVAR QUE AFILIADOS RETORNEN SUS AHORROS A ESTAS EMPRESAS

El 10% de afiliados que retiraron el 95.5% de sus ahorros de AFP los volvieron a depositar en éstas, por la vía de los aportes voluntarios sin fin previsional.

La SBS publicó el día de ayer lunes 25   una modificación al Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones, mediante Resolución SBS 3668-2017, que modifica el literal b) del artículo 125 de dicho Compendio en el sentido de que los aportes voluntarios sin fin previsional que realizan los afiliados en sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) sean libremente disponibles, tanto en montos como en número de operaciones. Hasta antes de esta modificación, el afiliado sólo podía efectuar un máximo de tres (3) retiros de la CIC por este concepto en un año calendario.  La modificación parece banal, porque esta clase de fondos eran marginales; sin embargo ya no es así, porque, con motivo de las Leyes 30425 y 30478, que permiten que los afiliados puedan retirar el 95.5% de su CIC al llegar a los 65 años,  en algo más de un año más de   102,000  afiliados de las AFP  han retirado más de  S/ 6,700 Millones, de los cuales alrededor de un 10% han retornado a las AFP vía aportes voluntarios sin fin previsional, es decir, que los afiliados, además de depositar estos fondos en bancos, y otras entidades financieras, lo han hecho también  en las propias AFP, es decir el dinero ha rotado y ha regresado a las AFP, en forma de un depósito de libre disposición, por la expectativa de una dudosa rentabilidad, y sin tomar en cuenta que sufre la merma de una comisión de administración onerosa. ESTA ES LA VERDADERA RAZÓN QUE HA MOTIVADO LA NORMA DE LA SBS, que pretende incentivar el retorno de estos fondos a las AFP.

Ante este nuevo escenario, es urgente establecer mediante un dispositivo legal que los fondos de jubilación retirados de una AFP no retornen a ésta por la vía de los aportes voluntarios sin fin previsional, porque esto no beneficia a los afiliados, ya que las AFP buscarán apoderarse de estos fondos por la vía de comisiones y otros cobros, y porque pueden perderlos por los períodos donde suelen tener rentabilidades negativas,  además que estos fondos son embargables.

15 sept 2017

Multas que impone Indecopi a favor de los consumidores.

Yonhy Lescano

A casi siete años de la vigencia del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571), la experiencia muestra que es indispensable introducir una modificación para que un porcentaje de las multas que pone Indecopi a los proveedores sea para los consumidores.   Actualmente este beneficio es sólo para las asociaciones de consumidores registradas ante Indecopi, y que hayan celebrado un convenio de cooperación institucional con esta entidad, pudiendo recibir hasta el 50% de la multa impuesta, de acuerdo al artículo 156 del indicado Código. El problema es que son pocas las asociaciones de consumidores inscritas, y de éstas, aunque parezca increíble, sólo una –a nivel nacional- es la que acapara las multas. Efectivamente, de acuerdo a cifras oficiales de la Autoridad Nacional de Consumo, en el período del 2010 al 2015, sólo una asociación recibió en total cerca de S/ 800,000 por concepto de multas en los procesos que promovió, mientras que la segunda asociación de consumidores beneficiada –muy atrás- recibió  en el período 2011-2013 apenas un poco más de S/ 19,000. Y no hay más.

Esta realidad indica que las multas no deben beneficiar sólo a las asociaciones de consumidores, ya que en la práctica se termina favoreciendo a unas pocas; sino que además, y principalmente, se debe buscar beneficiar a los consumidores, es decir, que un porcentaje de las multas de Indecopi debe  entregarse directamente a  estos, en los procesos donde  son parte activa. Por esto, hemos presentado el Proyecto de Ley 123/2016-CR que propone que los consumidores perciban hasta el 25% de la multa que imponga Indecopi a un proveedor, en un proceso administrativo donde dicho consumidor es denunciante.


Actualmente, el consumidor no recibe –en sede administrativa-  ningún tipo de compensación rápida por la afectación de sus derechos, y sólo se benefician con las multas el propio Indecopi y unas pocas asociaciones de consumidores. Si el consumidor pretende algún tipo de resarcimiento económico tendría que presentar una demanda de daños y perjuicios contra el proveedor, ante el Poder Judicial que sería incierta y demoraría largos años. Esto es profundamente inequitativo y violatorio del artículo 65 de la Constitución que dispone que “el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios”, norma que en el  aspecto económico está desarrollada por el artículo 1° numeral 1.1 literal c) del Código del Consumidor que consagra el derecho de los consumidores a la protección [por parte del Estado] de sus intereses económicos.  Esto es lo que fundamenta su derecho a participar de las multas que pone Indecopi.

6 sept 2017

Los bancos se aseguran, pero pagan los clientes.

Yonhy Lescano

El sueño de la casa propia implica para la gran mayoría de peruanos,  la necesidad de endeudarse con un banco a través de un crédito hipotecario. El promedio de plazo es cercano a los 20 años, y durante todo este período están obligados a pagar, dentro de sus cuotas mensuales,  dos clases de seguros :

El primer seguro, es el denominado “seguro de desgravamen”, para la eventualidad de que el deudor fallezca y haya un saldo de deuda, en cuyo caso el banco va a la empresa de seguros y ésta le reembolsa todo el crédito.

El segundo seguro, es el que se llama “seguro contra todo riesgo”, que el banco contrata con la aseguradora para que ésta, le indemnice el valor del inmueble cubierto con la hipoteca, si es que se produce algún siniestro que –por ejemplo-  afecte severamente  o destruya el bien hipotecado por efecto de un terremoto, una conmoción civil, una inundación, un incendio, etc. Pero la prima de este contrato, es decir, el pago mensual para mantener esta cobertura, lo realiza el cliente, mes tras mes y año tras año, hasta terminar de pagar la hipoteca. En otras palabras, el banco contrata una cobertura contra todo riesgo en su exclusivo beneficio, pero el costo se lo traslada al deudor hipotecario, en su cuota mensual. Se trata de una típica cláusula abusiva que prohíbe el Código del Consumidor pero que ahí está más viva y vigente que nunca, a vista y paciencia de la SBS y de INDECOPI.

Se da el caso en que el cliente, por ejemplo,  ha pagado las cuotas correspondientes a 10 años, y le resta pagar otros 10 años de su crédito hipotecario; y acontece un incendio que destruye el departamento que viene pagando. Entonces, el banco activa el seguro “contra todo riesgo” a su favor, y la aseguradora le reembolsa el saldo de crédito. El banco no pierde nada. En cambio, el cliente, se queda sin departamento, pierde los pagos de 10 años que realizó, y encima, tiene que continuar pagando las cuotas de los otros 10 años que faltan pagar. Si quisiera que esto no pase, tendría que contratar por su cuenta un nuevo seguro “contra todo riesgo”, esta vez en su beneficio, es decir, terminaría pagando este seguro dos veces, lo que seguramente no hace nadie. La solución está en acabar con el abuso de que los bancos contraten estos seguros a expensas de los deudores. Si quieren cobertura, que pongan de la suya.


¿Cuántos deudores están en este trance? Pues están 214,565 deudores hipotecarios al primer semestre de 2017.

31 ago 2017

Una Ley de justicia para los jubilados

Yonhy Lescano

A julio de 2017  existen en trámite  92,778 juicios entre la ONP  y los afiliados, habiendo estos últimos sufrido 5,021 fallecimientos mientras litigaban, porque estos juicios duran en promedio más de cinco años. 

Del señalado universo de casi 93,000 procesos judiciales sobre pensiones en trámite, la propia ONP  ha identificado que hay 34,599 casos en los que podría allanarse  con autorización legal, o sea, el 37%. Sin embargo, considero que en  el 63% restante, podría también allanarse o desistirse, bajo criterios razonables que se establecieran por ley.  Por esto hemos presentado el Proyecto de Ley N° 1737/2017-CR de Desjudicialización de Pensiones de la ONP-“Ley de Justicia para los Jubilados” con fecha 3 de agosto de 2017, para que la ONP se allane, o se desista respecto del 100% de los procesos judiciales que mantiene contra los asegurados, y se les pague sus pensiones y sus devengados, sin más dilaciones.

La mayor parte de juicios son por el concepto de “devengados e intereses legales” (47,048 juicios); el segundo lugar lo ocupa el concepto de “otorgamiento de todo tipo de pensión” (23,316 juicios); y el tercer lugar es para el “reconocimiento de años de aporte” (13,299 juicios). En todos estos casos, se impone la regla de equidad y justicia de atender oportunamente el derecho constitucional a la pensión, aplicando el principio in dubio pro operario (interpretación a favor del trabajador en caso de duda).

No se justifican los juicios, por cuanto las pensiones promedio que se pagan son de S/ 415.96 (menos de la mitad de la Remuneración Mínima Vital),  e inclusive –actualmente-  hay 3,752  pensionistas que reciben una pensión inferior a los S/ 100.


Tampoco es racional ni eficiente pagar en estudios de abogados el monto  de S/ 167 Millones, que es lo que la ONP desembolsó por este concepto entre los años 2007 a mayo del 2017, para litigar con los  jubilados, pues esos recursos  podrían haber atendido las pensiones de alrededor de 35,000 pensionistas por 12 meses.




24 ago 2017

Profesores: Evaluación SÍ ¿Cómo? ¿Para qué?

Por: Yonhy Lescano

El presidente Belaunde dictó la Ley 24029, Ley del Profe­sorado, la que contemplaba también la evaluación del profesor; pero no para des­pedirlo, sino para que cum­pla bien su trabajo; es decir, para dar educación de cali­dad a los estudiantes. En esa época la educación ESTUVO MUCHO MEJOR QUE AHORA, Y LOS PROFESORES GANABAN MÁS. Pruebas al canto: En el año 1984, la remuneración promedio de un maestro equivalía a cerca de S/ 1,000 soles constantes del año 1997; mientras que dicha re­muneración en el año 2000 equivalía a apenas S/ 700 so­les constantes del año 1997. Ni qué decir, respecto de épo­cas más lejanas: La indicada remuneración del año 2000 de un docente equivalía al 30% de lo que recibía en el año 1945, medido a soles constantes. En tales épocas, había una educación públi­ca de calidad, que era un re­ferente en la región latinoa­mericana.

Posteriormente se dictaron las Leyes de la Carrera Pública Magisterial en el segundo gobierno de Alan García (Ley 29062) y de Reforma Magiste­rial, en el período de Humala (Ley 29944), en julio de 2007 y noviembre de 2012 respectivamente, que establecen la evaluación docente punitiva, esto es, para despedir a los profesores. En este período de 10 años la educación deca­yó, estuvo peor, los alumnos leen pero no comprenden y no pueden hacer operacio­nes matemáticas simples. Entonces de qué sirvió la llamada evaluación con des­pido. De nada. Este retroceso coincide con las bajas remu­neraciones de los maestros, y los últimos puestos de nues­tros escolares en las pruebas PISA.

La educación pública aban­donada por décadas, sin in­versión en aulas, colegios, capacitación a profesores, mejores sueldos, ha ido en una ruta de permanente pre­carización. No puede ser que los profesores estuvieran ga­nando S/ 1,100 de piso salarial hasta antes de la huelga, y se les prometa un nuevo piso salarial de S/ 2,000, cuando ambos montos están por debajo de lo que ganaba un maestro hace 40 años, me­dido a soles constantes. Con estos montos no se puede mantener a una familia, no es posible capacitarse, por­que, por ejemplo, un diplo­mado o maestría, implican un costo que se lleva casi todo el sueldo de un profesor.


El punto de no retorno ha sido el Decreto Legislativo 882 (dictado en el gobierno de Fujimori) que priorizó la edu­cación con lucro, con lo cual se crearon remedos de cole­gios, institutos y universidades en garajes, altillos de chi­fas, casas, etc., que pauperizaron aún más la educación.

16 ago 2017

Tarifa del agua: Que se mojen los peces gordos

Yonhy Lescano

La reciente alza de 20% en las tarifas domésticas de agua, para los usuarios de los sectores de ingresos medios (el 67% de los usuarios), en aplicación del modelo tarifario de subsidios cruzados focalizados, con el que la SUNASS busca que SEDAPAL pueda financiar sus programas de acceso al agua domiciliaria de los sectores más vulnerables  de la capital, y no subir la tarifa de los sectores populares (33% de los usuarios), tiene dos fallas : La primera es que el incremento es exorbitante (prácticamente un paquetazo) y van a haber más hasta el año 2020. La segunda falla es que no se "mojan" las grandes empresas que hacen un uso industrial intensivo de las aguas subterráneas (las cementeras, las embotelladoras, las cerveceras, las mineras, etc.), puesto que este club de privilegiados, que apenas son 22 en total, pagan por el uso y abuso del recurso hídrico  una retribución a la ANA de apenas S/ 0.14 por metro cúbico, y a SEDAPAL, aunque parezca increíble, no le pagan ni un solo centavo, porque se han conseguido sendas sentencias del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema, que impiden este cobro, hace muchos años.  El agua la tienen, entonces prácticamente gratis, a pesar que su consumo promedio es de más de 101,000 metros cúbicos por mes.

En tanto, los usuarios domésticos  pagamos ahora S/ 2.83 por metro cúbico, y esta mayor tarifa servirá para que los sectores más desfavorecidos dejen de pagar S/ 11.80 por metro cúbico por el agua que venden los camiones cisterna. Por qué el subsidio cruzado focalizado no incluye en primer lugar, a esos 22  grandes usuarios privilegiados, quitándoles la gollería del agua gratuita, y haciendo que paguen tarifas reales por el agua que consumen?


La medida dispuesta por el Decreto Legislativo 1185 de que, en general, los usuarios industriales y comerciales paguen una tarifa de monitoreo y gestión a las EPS (en el caso de Lima es SEDAPAL) por el uso de aguas subterráneas, es un pequeño avance, pero es necesario -insistimos- hacer que los peces gordos paguen su consumo del agua subterránea. Y más necesario, hacer que se "mojen", a través de esta tarifa, con el  subsidio focalizado.

9 ago 2017

Educación: ¿Derecho o Servicio?

Fuente: Diario Exitosa 09/08/2017
Por: Yonhy Lescano


Los profesores del magisterio nacional se encuentran en una paralización por varios días que aún no ha sido resuelta por el gobierno. En esta coyuntura que preocupa porque conforme a las pruebas los estudiantes peruanos se encuentran en los últimos lugares en comprensión lectora y en matemáticas, la ministra de educación ha estado prestando declaraciones calificando a la educación como un “servicio” y no como un derecho. Ese concepto de “servicio” esta reiteradamente usado hasta en algunas leyes. La educación no es un servicio es un derecho porque si una persona no se educa no puede vivir con dignidad, es mas, quienes mas afectadas están por falta de educación son las mujeres por eso se pone tanto énfasis en la educación de las niñas rurales.  Pero los últimos gobiernos y ministros han estado convirtiendo a la educación en un “servicio” es decir en una actividad que puede utilizarse para lucrar y no para conseguir generaciones más fuertes y poderosas que hagan un país distinto donde haya mayor bienestar. Por esa razón, la educación en el Perú se imparte hasta en garajes o altillos sin condición alguna para llevar a cabo la formación de niños y jóvenes. Colegios y universidades que se cobran cientos o miles de soles pero a cambio no se aprende los suficiente para ser un buen profesional y ganar lo suficiente para vivir. El lucro en la educación esta “legalizado”, es decir la educación se ha convertido en una mercancía en un negocio porque la califican como un “servicio”.  Así se maneja este derecho constitucional en el Perú, manejo vergonzante que posterga a todos los peruanos. Entonces habría que decirle a la ministra Marilú Martens que mientras piense de esa manera nunca podrá ser una buena ministra y por eso entiendo que hasta ahora no se haya podido resolver la huelga magisterial porque el gobierno cree que los profesores son “proveedores de servicios” y no formadores de generaciones que tienen en sus manos el futuro de nuestra patria y que como un cirujano hace una operación para sanar, los maestros día a día van construyendo el derecho de un estudiante para saber, conocer, tener conocimiento para poder valerse por si mismo en la vida y luego hacer sociedades sanas y fuertes, sin corrupción y con valores. No es una casualidad que los últimos 4 Presidentes del Perú estén acusados de corrupción, es el resultado de la educación que se ha venido cayendo y en donde el robo y el delito se han venido imponiendo. Para cambiar toda esta realidad se necesita un gobierno con una mentalidad distinta que valore al ser humano y no sea utilizado para llenar bolsillos de plata a cambio de nada, necesitamos políticos diferentes y ministros que no estén con mentalidad rentista  de una empresa, sino que el fin supremo del Estado es el ser humano. He dicho.  

2 ago 2017

¿Un gobierno al servicio del ciudadano?

Yonhy Lescano

A la vuelta de un año del gobierno de PPK, es bien difícil sostener que sea un gobierno al servicio del ciudadano. Para comenzar, los precios de los alimentos  han  subido entre 20% a más de 100%  desde que el ilustre economista es inquilino de la Casa de Pizarro. Veamos (*) :

Alimentos de primera necesidad
Julio 2017
      S/
Julio 2016
      S/

Alimentos de primera necesidad
Julio 2017
      S/
Julio 2016
     S/
Pan francés (1kg)
7.90
5.40
Frijoles
8.90
4.99
Papa blanca
3.40
2.00
Vainitas
7.90
3.00
Arroz (3/4Kg)
3.50
2.90
Plátanos seda (1kg)
3.20
1.90
Aceite  (1 lt)
7.90
5.90
Tomate
4.90
2.90
Lentejas (3/4 Kg)
8.00
3.90
Limón
9.00
2.00
Fideos (1/2 Kg)
2.90
1.80
Papaya
4.20
1.99
Huevos (15 unid.)
6.90
5.40
Piña Hawai
2.15
0.99
(*) Precios promedio en supermercados y mercados en Lima Metropolitana.

Ni qué decir de los precios de los medicamentos más usados y de los fármacos contra el cáncer,  que los propios hospitales compran a precios muy onerosos, y que para los usuarios están aún más caros, y hasta inalcanzables, sin que el gobierno haga nada.   Algunos ejemplos :

Medicamentos frecuentes

P. Unitario
     S/

Medicamentos contra cáncer
P. Unitario
    S/

Palivizumab 50 mg  Iny.
 2,748
Revlimid 21 cápsulas
30,597

Rituximab Iny  50 ml
 2,413


Imbruvica  140 mg cáps.
26,486

Alteplasa 50 mg Iny.
1,781
Sutent 28 cápsulas
10,344


Peróxido de hidrógeno 120 ml
1,440




Herceptin iny.
  7,014
Alprostadil  500 ug/ml Iny.
   680

Aceite Yodado de Ad. 480mg
   596

 Paclitaxel Iny.
  5,681



Mientras eso ocurre con los precios de los alimentos y medicamentos en el gobierno de lujo, la Remuneración Mínima Vital (RMV) no ha subido en el último año ni un centavo; continúa en S/ 850, desde su último incremento en mayo de 2016 con el gobierno pasado. A su turno, la Remuneración Mensual Promedio en Lima Metropolitana (la región mejor pagada) es de apenas S/ 1,612 (equivalente a 1.8 RMV), que no alcanza para cubrir ni siquiera la canasta de alimentos y medicamentos, para una familia promedio de cinco miembros. ¿Y el calzado, ropa, transporte, educación, vivienda, mantenimiento, GLP, impuestos, deudas?  Parece que el gobierno de lujo piensa que el pueblo tiene que hacer magia para cubrir estas otras necesidades apremiantes.