3 jul 2013

OFICIALISMO BUSCA CONDICIONAR DEBATE DE LEY UNIVERSITARIA APROBANDO UN VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES

Proyecto de ley del Ejecutivo que se verá mañana, busca que casas de estudios superiores estén subordinadas al  poder político de turno


Presidente de Comisión de Educación se negó a someter a votación pedido para evitar esta interferencia.

El congresista Yonhy Lescano, miembro  titular de la Comisión de Educación del Parlamento, declaró que la bancada de gobierno y sus aliados han puesto como primer punto de la agenda del Pleno de mañana  el debate y votación del Proyecto de Ley N° 1994 (enviado por el Poder Ejecutivo)  de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, que contempla  la creación del viceministerio de educación superior universitaria que subordinará estas entidades al gobierno de turno. De otro lado,  esta aprobación condicionará, distorsionará y perturbará la discusión del Proyecto de Ley de nueva Ley Universitaria, ya que la aprobación de ese nuevo viceministerio –que, además, atenta contra la autonomía constitucional de las universidades- le restará libertad al debate, e impondrá un nuevo andamiaje institucional muy cuestionado.

El parlamentario dijo que lo correcto es dejar que la Comisión de Educación discuta y apruebe el Proyecto de nueva Ley Universitaria sin ningún tipo de interferencia, y ya en el Pleno se discutan los dos proyectos juntos.  Esto fue sustentado por él en la sesión de hoy  del indicado grupo de trabajo, y pidió que se acordara solicitar al Consejo Directivo que no sea vea mañana  el indicado Proyecto 1994; pero el presidente de la Comisión Daniel Mora, ni siquiera aceptó someter este pedido a votación, con lo que  se hizo evidente el entendimiento de la  bancada oficialista con sus aliados.

 03-07-13

2 jul 2013

ACCIÓN POPULAR PRESENTARÁ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LEY DEL SERVICIO CIVIL APROBADA POR CONGRESO

Se abre la puerta a despidos masivos en el Estado, a través de evaluaciones arbitrarias.
Norma  elimina la negociación colectiva sobre remuneraciones.  Sueldos quedarán congelados.
El congresista Yonhy Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, declaró que la Ley de Servicio Civil aprobada  el día de hoy por el Pleno del Congreso viola los derechos constitucionales  de negociación colectiva sobre remuneraciones, y huelga, entre otros, puesto que declara nulo cualquier acuerdo (artículo 44) inclusive –temerariamente-   toda resolución judicial que verse sobre conceptos remuneratorios (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria); y además, autoriza a que las entidades públicas contraten trabajadores de reemplazo, apenas iniciada una huelga (artículo 45.2). De otro lado, abre canales para la ejecución de despidos masivos, pues en su artículo 49 literal i) pone como causal de cese la calificación de “ineficiencia comprobada” que eufemísticamente en el texto final se edulcoró con la denominación de “desaprobado”; y en el artículo 49 literal k) establece como otra causal de cese la supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas.  La norma, recorta las remuneraciones del trabajador porque impone que las vacaciones y aguinaldos no son tampoco materia de negociación (artículo 31.2). Anula la propia meritocracia que proclama, cuando impone –absurdamente- un período de prueba de tres meses a los trabajadores que ingresen al servicio civil por concurso público (artículo 72), lo que ocasionará toda clase de abusos y excesos.
 
Lescano agregó que en el debate hizo notar que las evaluaciones no deberían conducir a despidos de trabajadores, sino a  su capacitación, reconversión y reasignación, para evitar las fracturas sociales que provocan los despidos masivos, como los que ocurrieron con las reformas de los años noventa en que más de 80 000 trabajadores fueron despedidos, todos los cuales han planteado después acciones legales que hasta hoy, tras cuatro gobiernos no se solucionan. Hizo notar también en el debate,  que el propio reglamento del Decreto Legislativo 1025 (normas sobre evaluación en el sector público) establece que como máximo se debe calificar como de “ineficiencia comprobada” al 2% de la planilla de una entidad pública, pues no poner límites a esto, es abrir la puerta  a la arbitrariedad, como lo hace la ley aprobada. Los trabajadores no se oponen a las evaluaciones; pero éstas deben basarse en criterios objetivos, cuantificables, y verificables, no en subjetividades.

Por último, la norma ni siquiera constituye un “régimen único” porque sólo se aplicará al 40% de la planilla estatal. El 60% continuará en una selva de regímenes especiales.
Lima 2 de julio del 2013.