4 jul 2013
3 jul 2013
OFICIALISMO BUSCA CONDICIONAR DEBATE DE LEY UNIVERSITARIA APROBANDO UN VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES
Proyecto
de ley del Ejecutivo que se verá mañana, busca que casas de estudios superiores
estén subordinadas al poder político de
turno
Presidente
de Comisión de Educación se negó a someter a votación pedido para evitar esta
interferencia.
El congresista Yonhy
Lescano, miembro titular de la Comisión
de Educación del Parlamento, declaró que la bancada de gobierno y sus aliados
han puesto como primer punto de la agenda del Pleno de mañana el debate y votación del Proyecto de Ley N°
1994 (enviado por el Poder Ejecutivo) de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, que contempla la creación del viceministerio de educación
superior universitaria que subordinará estas entidades al gobierno de turno. De
otro lado, esta aprobación condicionará,
distorsionará y perturbará la discusión del Proyecto de Ley de nueva Ley
Universitaria, ya que la aprobación de ese nuevo viceministerio –que, además,
atenta contra la autonomía constitucional de las universidades- le restará
libertad al debate, e impondrá un nuevo andamiaje institucional muy
cuestionado.
El parlamentario dijo que lo
correcto es dejar que la Comisión de Educación discuta y apruebe el Proyecto de
nueva Ley Universitaria sin ningún tipo de interferencia, y ya en el Pleno se
discutan los dos proyectos juntos. Esto
fue sustentado por él en la sesión de hoy
del indicado grupo de trabajo, y pidió que se acordara solicitar al
Consejo Directivo que no sea vea mañana
el indicado Proyecto 1994; pero el presidente de la Comisión Daniel
Mora, ni siquiera aceptó someter este pedido a votación, con lo que se hizo evidente el entendimiento de la bancada oficialista con sus aliados.
03-07-13
2 jul 2013
ACCIÓN POPULAR PRESENTARÁ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LEY DEL SERVICIO CIVIL APROBADA POR CONGRESO
Se
abre la puerta a despidos masivos en el Estado, a través de evaluaciones
arbitrarias.
Norma
elimina la negociación colectiva sobre
remuneraciones. Sueldos quedarán
congelados.
El congresista Yonhy
Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del
Parlamento, declaró que la Ley de Servicio Civil aprobada el día de hoy por el Pleno del Congreso viola
los derechos constitucionales de
negociación colectiva sobre remuneraciones, y huelga, entre otros, puesto que
declara nulo cualquier acuerdo (artículo 44) inclusive –temerariamente- toda resolución judicial que verse sobre conceptos
remuneratorios (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria); y además,
autoriza a que las entidades públicas contraten trabajadores de reemplazo,
apenas iniciada una huelga (artículo 45.2). De otro lado, abre canales para la
ejecución de despidos masivos, pues en su artículo 49 literal i) pone como
causal de cese la calificación de “ineficiencia comprobada” que
eufemísticamente en el texto final se edulcoró con la denominación de
“desaprobado”; y en el artículo 49 literal k) establece como otra causal de
cese la supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u
organizativas. La norma, recorta las
remuneraciones del trabajador porque impone que las vacaciones y aguinaldos no
son tampoco materia de negociación (artículo 31.2). Anula la propia
meritocracia que proclama, cuando impone –absurdamente- un período de prueba de
tres meses a los trabajadores que ingresen al servicio civil por concurso
público (artículo 72), lo que ocasionará toda clase de abusos y excesos.
Lescano agregó que en el
debate hizo notar que las evaluaciones no deberían conducir a despidos de
trabajadores, sino a su capacitación,
reconversión y reasignación, para evitar las fracturas sociales que provocan
los despidos masivos, como los que ocurrieron con las reformas de los años
noventa en que más de 80 000 trabajadores fueron despedidos, todos los cuales
han planteado después acciones legales que hasta hoy, tras cuatro gobiernos no
se solucionan. Hizo notar también en el debate, que el propio reglamento del Decreto
Legislativo 1025 (normas sobre evaluación en el sector público) establece que
como máximo se debe calificar como de “ineficiencia comprobada” al 2% de la
planilla de una entidad pública, pues no poner límites a esto, es abrir la
puerta a la arbitrariedad, como lo hace
la ley aprobada. Los trabajadores no se oponen a las evaluaciones; pero éstas
deben basarse en criterios objetivos, cuantificables, y verificables, no en
subjetividades.
Por último, la norma ni
siquiera constituye un “régimen único” porque sólo se aplicará al 40% de la
planilla estatal. El 60% continuará en una selva de regímenes especiales.
Lima 2 de julio del 2013.
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